Micelio

Artículo 2

Decreto 541 de 1943 · por él cual se crean unos puestos y se hacen los respectivos nombramientos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para proveer los cargos a que se refiere el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos:

Médico Jefe, doctor Antonio José Medina;

Médicos Auxiliares, doctores Alberto Suárez Restrepo, Bernardo Umaña de Brigard, Gustavo Montejo y Alejandro Palacios;

Odontólogo, doctor Enrique Gavíria Franco:

Ayudante del Odontólogo, señorita Matilde Medina;

Asistente de Laboratorio, señor Guillermo Riaño;

Practicante, señor Alfonso Linares;

Farmacéutico, señor ALuis Alejandro Peña;

Ayudante del Farmacéutico, señor Tulio D. Olarte Rojas;

Enfermeras, señoritas Leonor Garzón e Inés Aguirre Zerda;

Mecanotaquígrafa, señora Aura de Echeverría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 541 de 1943