Micelio

Artículo 24

Dirección De Gestión Territorial

Decreto 2559 de 2015 · por el cual se fusiona la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema (Anspe) y la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial (UACT) en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social y se modifica su estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Gestión Territorial. La Dirección de Gestión Territorial contará con autonomía administrativa y financiera y cumplirá las siguientes funciones

1.

Diseñar, formular, identificar y adoptar planes, programas y estrategias para el desarrollo territorial y sustitución de cultivos de uso ilícito que permitan mejorar la calidad de vida de la población objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación.

2.

Ejecutar y articular las políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo territorial y sustitución de cultivos de uso ilícito.

3.

Ejecutar y hacer seguimiento de la política para el desarrollo territorial y sustitución de cultivos de uso ilícito, en coordinación con las demás entidades estatales del nivel nacional y territorial.

4.

Articular las políticas sectoriales y las prioridades de los gobiernos locales, con las estrategias, metas y recursos de la política para el desarrollo territorial y sustitución de cultivos de uso ilícito, en el marco de las competencias del Departamento.

5.

Ejecutar estrategias para promover la transición económica y social para el desarrollo territorial y sustitución de cultivos de uso ilícito, en el marco de las competencias del Departamento.

6.

Producir información para el análisis de la dinámica de territorios y sustitución de cultivos de uso ilícito.

7.

Administrar los recursos que le sean asignados para la implementación de políticas para el desarrollo territorial y sustitución de cultivos de uso ilícito.

8.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la Dependencia.

9.

Las demás que le sean asignadas conforme a su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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