Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1150 de 1999 · por el cual se establece la planta de personal del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la Republica y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La incorporación de los empleados a la nueva Planta de Personal adoptada por este Decreto, se efectuará conforme a las disposiciones legales sobre la materia dentro de los seis (6) meses siguientes contados a partir de la aprobación del presente Decreto.

Parágrafo 1

Los empleados del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan, hasta tanto se produzca su incorporación a la Planta de Personal establecida en el presente Decreto, y, tomen posesión de los empleos.

Parágrafo 2

El Gerente del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República podrá efectuar incorporaciones parciales a la Planta de Personal determinada en el presente Decreto, de conformidad con el programa de transición que para el efecto deberá elaborar el Gerente del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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