Micelio

Artículo 706

Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal En Curso, "para Centros De Higiene Y Campañas Sanitarias De Toda Clase, Según Contratos Con Los Departamentos, Intendencias, Comisarías Y Municipios Y Otras Entidas; Para Sostenimiento De Organismos Sanitarios De La Misma Clase, En Forma Directa, En Los Casos En Que Sea Necesario; Y Para Dotación De Drogas, Equipos Y Demás Elementos A Esos Organismos, En El Año", Se Distribuirá Así: Capítulo 62- Artículo 706

Decreto 1710 de 1953 · Por el cual se distribuye el saldo de la partida global apropiada para Centros de Higiene y Campañas Sanitarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 62, artículo 706 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, "Para Centros de Higiene y Campañas Sanitarias de toda clase, según contratos con los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios y otras entidas; para sostenimiento de Organismos Sanitarios de la misma clase, en forma directa, en los casos en que sea necesario; y para dotación de drogas, equipos y demás elementos a esos Organismos, en el año", se distribuirá así: Capítulo 62- Artículo 706. Al Ordinal 38-Para la adquisición drogas, equipos y demás elementos que debe suministrar el Ministerio de Salud pública, en cumplimiento de lo estipulado en los contratos celebrados para el desarrollo de las campañas sanitarias; para el pago de transportes, seguros y en general para todos los gastos que se requieran en el desarrollo de las campañas sanitarias en el año $ 498.397.00 Al Ordinal 39-Para auxiliar al Municipio de Neiva, por una sola vez y exclusivamente para pagar sueldos y gastos de sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene hasta el mes de junio de 1953, de conformidad con el artículo primero del presente Decreto $ 30.540.00 Dirección Municipal de Higiene de Neiva: Sueldos: Mensual Para seis meses. Director Municipal de Higiene 600.00 3.600.00 Médico Servicio Antivenéreo 500.00 3.000.00 Odontólogo 400.00 2.400.00 Secretario 250.00 1.500.00 Revisor Local 350.00 2.100.00 2-Inspectores de Alimentos a $ 225.00 cada uno 450.00 2.700.00 4-Inspectores Urbanos Zonas 1ª, 2ª, 3ª, y 4ª, a razón de $ 200 cada uno 800.00 4.800.00 Enfermera Partera 200.00 1.200.00 Visitadora de Higiene Pública 170.00 1.020.00 Enfermera Auxiliar Servicio Antivenéreo 150.00 900.00 Enfermera Vacunadora. 150.00 900.00 Portero Citador 120.00 720.00 Para gastos de sostenimiento 950.00 5.700.00 Totales $ 5.090.00 $ 30.540.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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