Micelio

Artículo 2.1.7.8.2.2.10

Medidas Para Fortalecer El Acceso A Mecanismos De Reparación

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Medidas para fortalecer el acceso a mecanismos de reparación. Las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, en el marco de sus competencias, deberán adoptar medidas para fortalecer un sistema articulado, accesible y eficaz de mecanismos de reparación judicial y extrajudiciales frente a impactos y/o violaciones a los derechos humanos asociados a las actividades empresariales. Estos mecanismos de reparación deberán ser legítimos, accesibles, previsibles, equitativos, transparentes, participativos, compatibles con los derechos humanos y deberán ofrecer garantías efectivas de protección contra represalias.

Este sistema deberá promover el acceso efectivo a la justicia, la resolución temprana de conflictos y la garantía de procesos de reparación integral, que contemplen, cuando corresponda, medidas de restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Esto, sin perjuicio de los regímenes de responsabilidad civil, administrativa o penal aplicables.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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