Micelio

Artículo 1

Decreto 723 de 1900 · que prorroga el término para pagar créditos y legalizar gastos correspondientes á la vigencia de 1897 y 1898

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prorrógase el término de la vigencia económica de 1897 y 1S98, de que trata el artículo 20 de la Ley 33 de 1892, hasta el 31 de Agosto de 1900, para el pago de los créditos contra el Tesoro público, relativos á dicha vigencia, y hasta el 31 de Octubre del mimo año para la legalización de los gastos hechos por anticipación, referentes al mismo período económico.

Queda en estos términos reformado el Decreto número 602 de 1899.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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