El Ministerio de Agricultura informará al Ministerio de Hacienda y a las entidades cofinanciadoras cuáles municipios no están cumpliendo con la creación de la UMATA, su financiamiento y las funciones que les compete desempeñar de acuerdo con las normas vigentes, para los efectos a que haya lugar.
Ley 101 de 1993 →Derogado
Artículo 59
Supervisión A Los Municipios
Ley 101 de 1993 · Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.