Micelio

Artículo 5

Decreto 812 de 1969 · por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 2 de 1969 (febrero15), originario del Consejo Intendencial de Arauca, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal comprendida entre 1969 y 1970.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo nuevo recurso fiscal, ordinario o especial que se reciba durante el ejercicio por cualquier concento. (anticipo. avance, aporte, auxilio o proveniente de la utilización del crédito) deberá ser incorporado al presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 812 de 1969