º. Los Oficiales en retiro y de la reserva que sean llamados al servicio activo por el tiempo que el Gobierno estime conveniente, podrán ser pasados de nuevo a la situación; en que se encontraban al ser llamados, cuando así lo disponga el mismo Gobierno.
Decreto 521 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Los Oficiales En Retiro Y De La Reserva Que Sean Llamados Al Servicio Activo Por El Tiempo Que El Gobierno Estime Conveniente, Podrán Ser Pasados De Nuevo A La Situación; En Que Se Encontraban Al Ser Llamados, Cuando Así Lo Disponga El Mismo Gobierno
Decreto 521 de 1934 · Por el cual se determina la situación de los oficiales que se llamen al servicio en forma extraordinaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.