Micelio

Artículo 2

Ley 46 de 1987 · sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1988

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprópiase para atender los gastos del Gobierno Nacional, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1988, una suma igual a la del cálculo de las rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación, determinada en el artículo anterior por valor de un billón doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos veintidós millones seiscientos cincuenta y un mil pesos ($ 1.239.422.651.000), según el detalle que se encuentra en los anexos a este proyecto, de las apropiaciones para gastos de funcionamiento y de inversión y el cual se resume por entidades así:

TERCERA PARTE

disposiciones generales

Del campo de aplicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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