Uso racional y eficiente de Energía Eléctrica en vivienda de interés social. A partir del tercer año contado desde el 4 de julio de 2007, como requisito para recibir subsidios del Presupuesto Nacional, los constructores de vivienda de interés social y en general aquellas que reciban estos recursos públicos, deberán incorporar en los diseños y en la construcción de la vivienda, aspectos de uso eficiente y racional de energía de conformidad con los parámetros técnicos que para tal efecto establezcan los Ministerios de Minas y Energía, y, Vivienda, Ciudad y Territorio.
(Decreto 2501 de 2007, artículo 3°)