º El Comité Administrador del Fondo de Servicios Docentes podrá ordenar, dentro del presupuesto anual aprobado, erogaciones hasta por cien mil pesos ($ 100.000.00) por cada concepto del gasto.
Decreto 3272 de 1981 →Vigente
Artículo 8
El Comité Administrador Del Fondo De Servicios Docentes Podrá Ordenar, Dentro Del Presupuesto Anual Aprobado, Erogaciones Hasta Por Cien Mil Pesos ($ 100
Decreto 3272 de 1981 · por el cual se reglamenta la administración de los Fondos de Servicios Docentes de los establecimientos educativos dependientes del Misterio de Educación Nacional, que actualmente administran algunos planteles.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.