Micelio

Artículo 3

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Capítulo 39

Decreto 1610 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO Capítulo 39. Dirección General de Minas. Del artículo 187-E. Para los gastos del personal y material en la administración y explotación de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez, inclusive el sueldo del agente del Gobierno, que deba intervenir en las ventas $ 5.500 Capítulo 40. Departamento de Petróleo Del artículo 190. Para atender a los gastos que demande la reorganización y funcionamiento de la comisión científica nacional, de que trata la Ley 83 de 1916 y para dar cumplimiento al artículo 48 de la Ley 37 de 1931 (estudio de las reservas petrolífera) 4.000 Capítulo 37. Departamento de Negocios Generales. Al artículo 174. Para material , muebles, útiles de escritorio; arrendamientos y demás gastos del Ministerio y sus dependencias $ 4.000 Capítulo 44. Gastos varios. Al artículo 208. Para el pago de vigencias expiradas 5.000 Sumas iguales $ 9.500 9.500

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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