Art. 3.° Nómbrase tercer Telegrafista y Ayudante de la Oficina de Popayán á los señores Miguel Mazorra y Jorge Iragorri, respectivamente.
Decreto 834 de 1888 →Vigente
Artículo 3
Decreto 834 de 1888 · Por el cual se crean dos plazas y se hacen varias promociones y nombramientos en propiedad, en el Ramo de Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.