Para uso de las frecuencias portadoras: 4125 kHz (canal Número 421) 6215 kHz (canal Número 606) 8291 kHz (canal Número 833) 12290 kHz (canal Número 1221) 16420 kHz (canal Número 1621) de las tablas 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 por las estaciones costeras y de barco para fines de socorro y seguridad, véanse los artículos S31 y S52 y en el apéndice S13 del RR.
Decreto 2061 de 1996 →Vigente
Artículo 43
Decreto 2061 de 1996 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil marítimo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.