Micelio

Artículo 7

Los Servicios Contemplados En El Capítulo I Del Presente Estatuto, Se Facturarán Y Cobrarán A La Persona Natural O Jurídica Que Solicite El Servicio O A Su Representante:

Decreto 1714 de 1980 · Por el cual se aprueban las tarifas para los servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia, COLPUERTOS y los derechos de operación de muelles privados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los servicios contemplados en el Capítulo I del presente Estatuto, se facturarán y cobrarán a la persona natural o jurídica que solicite el servicio o a su representante:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1714 de 1980