º . Para garantizar la liquidez primaria de lo1 s "Títulos de Ahorro Nacional - Emisión 1983", el Gobierno Nacional constituirá un Fondo de Sustentación en el Banco de la República, cuya reglamentación se acordará en el Contrato de Administración Fiduciaria, Garantía y de que trata el artículo siguiente.
El Gobierno Nacional podrá utilizar para el efecto los excedentes de los recursos del Fondo de Sustentación de los Bonos de Desarrollo Económico que opera en el Instituto de Fomento Industrial, IFI, para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Crédito Público-- determinará los mecanismos necesarios para el traslado de los recursos al Banco de la República.