Micelio

Artículo 237

Renta De Loterías

Ley 223 de 1995 · Por la cual se expiden normas sobre racionalización tributaria y se dictan otras disposiciones

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La titularidad de la renta de arbitrio rentístico de las loterías corresponde a los departamentos y al Distrito Capital de Santafé de Bogotá en los términos y condiciones que establezca la Ley de Régimen Propio de que trata el artículo 336 de la Constitución Política.

Parágrafo 1

Los departamentos podrán seguir explotando la renta de loterías que estuvieren operando a la fecha de expedición de la presente Ley.

Parágrafo 2

Las Loterías creadas o autorizadas por ley especial podrán seguir operando conforme a las disposiciones especiales que las regulen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1997
    C-149/97ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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