º . Oficina de Cooperación y Convenios. La Oficina de Cooperación y Convenios es la dependencia encargada de coordinar la política de cooperación y la promoción de los convenios que permitan su realización. Conforme a las políticas e instrucciones de la Dirección General, son funciones de la Oficina de Cooperación y Convenios las siguientes
Asesorar a la Dirección General del ICBF en todos los aspectos relativos a la cooperación nacional e internacional.
Participar en las comisiones del Gobierno que se creen con el fin de preparar y coordinar la participación del Estado colombiano en cumbres o reuniones internacionales y/o la presentación de informes.
Informar a la comunidad nacional e internacional sobre las políticas, programas y actividades que adelanta el ICBF.
Promover alianzas entre el ICBF y entidades u organismos nacionales o internacionales, de carácter público o privado, para el adecuado desarrollo de sus objetivos.
Gestionar la obtención de recursos de cooperación técnica y financiera ante organismos, organizaciones y agencias nacionales e internacionales y/o gobiernos extranjeros para el apoyo a los programas, políticas y proyectos que adelante el ICBF.
Coordinar con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional, ACCI y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, las acciones de gestión de cooperación internacional para el ICBF.
Gestionar la suscripción y formalización de convenios entre el ICBF y los cooperantes.
Gestionar los recursos de contrapartida nacional necesarios para la suscripción de acuerdos de cooperación.
Gestionar y coordinar, junto con la instancia correspondiente del ICBF, la ejecución y seguimiento de los convenios de cooperación.
Con base en la información suministrada por las Direcciones de Planeación, Técnica y de Evaluación, elaborar los informes y evaluaciones sobre los acuerdos de cooperación con el ICBF.
Difundir los acuerdos de cooperación que se logren y los mecanismos de financiación de proyectos al interior del ICBF.
Las demás que le sean asignadas.