Artículo cuarto. Establécese como obligatorio para las empresas que tengan un número elevado de trabajadores, que deberá-ser calificado por el Gobierno, contratar para el servicio de los mismos, trabajadores sociales con el objeto de que colaboren con ellos para el desarrollo de políticas de empleo, salario e inversión de los mismos.
Ley 53 de 1977 →Vigente
Artículo 4
Ley 53 de 1977 · “por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de trabajador social y se dictan otras disposiciones”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.