Micelio

Artículo 7

Para Hacer Efectivo El Aporte Inicial De Que Trata El Punto A) Del Articulo 2° De Este Decreto, El Contador Principal Del Fondo Rotatorio Formulará Las Respectivas Cuentas De Cobro, Las Cuales Serán Presentadas Para Su Aprobación A La Jefatura Del Departamento De Control Del Ministerio De Guerra, Y Con Cargo A La Apropiación Correspondiente En Las Condiciones Mencionadas En Dicho Punto, Para Ser Cubiertas Por La Tesorería General De La República

Decreto 2639 de 1949 · Por el cual se modifica el Decreto número 1729 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7° Para hacer efectivo el aporte inicial de que trata el punto a) del articulo 2° de este Decreto, el Contador Principal del Fondo Rotatorio formulará las respectivas cuentas de cobro, las cuales serán presentadas para su aprobación a la Jefatura del Departamento de Control del Ministerio de Guerra, y con cargo a la apropiación correspondiente en las condiciones mencionadas en dicho punto, para ser cubiertas por la Tesorería General de la República.

Parágrafo

En caso necesario, el Jefe del Fondo de acuerdo con el Departamento de Control adelantará las gestiones consiguientes para adicionar las apropiaciones de la Fuerza Aérea, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5° de la ley 84 de 1947.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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