° el régimen especial para la importación de los bienes descritos en el artículo1° de esta resolución, deberá ser aprobado por el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245 del decreto-ley 444 de 1967.
Decreto 296 de 1977 →Vigente
Artículo 3
El Régimen Especial Para La Importación De Los Bienes Descritos En El Artículo1° De Esta Resolución, Deberá Ser Aprobado Por El Gobierno Nacional, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 245 Del Decreto-Ley 444 De 1967
Decreto 296 de 1977 · Por el cual se aprueba la Resolución número 1512 del 1º de diciembre de 1976, del Instituto Colombiano de Comercio Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.