Micelio

Artículo 2

Los Empleos Determinados En El Artículo Anterior Tendrán Las Siguientes Funciones: Técnico En Planeación (Coordinador General Fer) Vi-27: Responder Ante El Secretario General Del Ministerio Por El Cumplimiento De Sus Funciones

Decreto 339 de 1971 · Por el cual se adiciona la planta de personal del sector central del Ministerio de Educación Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los empleos determinados en el artículo anterior tendrán las siguientes funciones: Técnico en Planeación (Coordinador General FER) VI-27: Responder ante el Secretario General del Ministerio por el cumplimiento de sus funciones. Estructurar los planes a desarrollar, a fin de lograr la mejor coordinación de los FER. Transmitir la política educativa, en materia de administración, inversión y control de los fondos regionales. Orientar y supervisar las actividades de los delegados regionales. Coordinar la acción de los delegados. Programar seminarios y conferencias relacionados con el funcionamiento y filosofía de los FER. Recibir y analizar los informes presentados por los delegados. Elaborar el presupuesto anual, y proponer las modificaciones que estime convenientes, de los Fondos Educativos Regionales. Mantener actualizadas las estadísticas educacionales de los niveles primarios, medio y superior no universitario en coordinación con la Oficina de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación Nacional. Presentar un balance anual sobre el costo comparativo de matrículas y pensiones. Previo concepto del Secretario General, autorizar el movimiento de los delegados fuera de su sede. Presentar un informe anual sobre la destinación de auxilios oficiales a la enseñanza privada. Rendir informes al Secretario General sobre las labores desarrolladas. Desarrollar las demás actividades que le asigne el Secretario General. Secretaria Mecanotaquígrafa 1-14: Tomar dictados taquigráficos y transcribirlos a máquina. Transcribir a máquina, actas, providencias, documentos, etc., originados en la oficina. Redactar correspondencia según instrucciones del Jefe de la Oficina. Archivar, registrar y enviar la correspondencia de la oficina. Atender al público, personal o telefónicamente, proporcionar información y concertar citas. Responder ante el Jefe de la Oficina por el cumplimiento de sus funciones. Mecanógrafa II-11: Transcribir a máquina memorandos, notas y correspondencia en general. Transcribir a máquina, ocasionalmente, documentos especializados bajo indicaciones previas, y revisión detallada del Jefe de la oficina. Llevar el Kárdex y archivo de los delegados regionales. Atender al público, personal o telefónicamente. Ejecutar labores generales de oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 339 de 1971