º . Integración del Consejo Directivo . El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, estará integrado de la siguiente manera
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado quien lo presidirá.
El Ministro de la Protección Social o su delegado.
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su delegado.
El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
Un (1) delegado del Presidente de la República.
Un (1) representante de las organizaciones campesinas.
Un (1) representante de las organizaciones indígenas.
Un (1) representante de las organizaciones afrocolombianas.
Un (1) representante de los gremios del sector agropecuario.
El Gobierno Nacional establecerá los mecanismos para la elección de los representantes de las organizaciones campesinas, indígenas y afrocolombianas y de los gremios del sector agropecuario. El período de estos representantes será de dos (2) años. Mientras se establecen los mecanismos para la elección de los citados representantes ante el Consejo Directivo de Incoder, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural designará provisionalmente hasta por seis (6) meses a quienes representen a estas organizaciones, a fin de que el Consejo Directivo desarrolle sus competencias.