Incompatibilidades de los servidores de la contribución. Los servidores públicos de la contribución tendrán las siguientes incompatibilidades
Ningún funcionario de la entidad podrá gestionar directa o indirectamente, a título personal ni en representación de terceros, asuntos que estén a su cargo.
Durante la licencia no remunerada los servidores de la contribución no podrán ocupar cargos públicos.
Los servidores de la contribución, su cónyuge, compañero o compañera permanente, sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y único civil no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, ningún tipo de contrato con la Entidad.
Las demás incompatibilidades señaladas en la Constitución Política y en la ley. TITULO III. SISTEMA ESPECIFICO DE CARRERA CAPITULO I. Objetivo, Estructura, Empleos y Sistema de Planta