Micelio

Artículo 2

Para Efectos Del Presente Decreto Se Entiende Por Unidad De Valor Real Constante O Uvr, La Unidad De Medida Que, En Razón De La Evolución De Su Valor En Moneda Legal Colombiana Con Base En La Variación Del Índice De Precios Al Consumidor, Reconoce La Variación En El Poder Adquisitivo De La Moneda Legal Colombiana

Decreto 856 de 1999 · por el cual se autoriza la denominación en Unidades de Valor Real Constante de los Títulos de Tesorería -TES- Clase B de que trata el artículo 4° del Decreto 2599 de 1998

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para efectos del presente decreto se entiende por Unidad de Valor Real Constante o UVR, la unidad de medida que, en razón de la evolución de su valor en moneda legal colombiana con base en la variación del índice de precios al consumidor, reconoce la variación en el poder adquisitivo de la moneda legal colombiana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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