Transferencias de fondos La parte contratante cuya legislación imponga restricciones a la transferencia de fondos al extranjero concederá la máxima prioridad a la transferencia de fondos destinados al pago de alimentos o a cubrir los gastos a que den lugar los procedimientos previstos en esta convención.
Decreto 212 de 2000 →Vigente
Artículo 10
Transferencias De Fondos La Parte Contratante Cuya Legislación Imponga Restricciones A La Transferencia De Fondos Al Extranjero Concederá La Máxima Prioridad A La Transferencia De Fondos Destinados Al Pago De Alimentos O A Cubrir Los Gastos A Que Den Lugar Los Procedimientos Previstos En Esta Convención
Decreto 212 de 2000 · Por el cual se promulga la "Convención sobre la obtención de alimentos en el Extranjero", adoptada en Nueva York, el veinte (20) de junio de mil novecientos cincuenta y seis (1956)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.