Micelio

Artículo 8

Dentro De Los Días Siguientes A La Ejecutoria Del Auto De Citación Para Audiencia, Las Partes Podrán Solicitar Las Pruebas Que Se Consideren Necesarias, Con Indicación De Las Direcciones De Los Testigos Y De Los Auxiliares De La Justicia Que Deban Concurrir A La Audiencia

Decreto 2001 de 1977 · Por el cual se establece el procedimiento para sancionar los delitos descritos en la Ley 23 de 1977

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Dentro de los días siguientes a la ejecutoria del auto de citación para audiencia, las partes podrán solicitar las pruebas que se consideren necesarias, con indicación de las direcciones de los testigos y de los auxiliares de la justicia que deban concurrir a la audiencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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