Art. 3° Dése cuenta al Congreso para los efectos constitucionales. Publíquese. Dado en Anapoima, Departamento de Cundinamarca, á 3 de Febrero de 1900. manuel a. SANCLEMENTE El Ministro de Gobierno, rafael m. Palacio -El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Cuervo Márquez -El Ministerio de Hacienda, Carlos Calderón - El Ministro de Guerra, José Santos -El Ministro de Instrucción Pública, Marco F. Suárez -El Ministro del Tesoro, MARCELIANO Vargas.
Decreto 642 de 1900 →Vigente
Artículo 3
Decreto 642 de 1900 · por el cual se reorganiza la Sección 2a del Ministerio de Hacienda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.