Micelio

Artículo 6

Ley 15 de 1923 · Sobre Casas de Menores y Escuelas de Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los edificios en que funcionen las casas de que trata esta Ley, estarán situados en un campo alejado convenientemente de la ciudad, y corresponderán a un plano que consulte las exigencias higiénicas y pedagógicas; además tendrán anexo un terreno suficiente para la práctica de enseñanzas agrícolas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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