La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2014. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA, JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS. EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA, GREGORIO ELJACH PACHECO. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, HERNÁN PENAGOS GIRALDO. EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES, JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO. REPÚBLICA DE COLOMBIA- GOBIERNO NACIONAL
Ley 1687 de 2013 →Vigente
Artículo 112
Ley 1687 de 2013 · por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2014.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.