Inscripción catastral de predios en los territorios colectivos y áreas delimitadas y protegidas de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en la base catastral. Se identificarán e inscribirán en la base catastral los predios formales e informales que correspondan o coincidan con territorios colectivos y con aquellas áreas de territorios ancestrales y/o tradicionalmente ocupados y/o poseídos, delimitados y protegidos conforme los términos del Decreto número 0129 de 2024, de la siguiente manera
Inscripción de predios en condición de formalidad. Se identificarán todos los predios formales de acuerdo con la delimitación establecida en el acto administrativo de titulación o su equivalente registrado en el folio de matrícula inmobiliaria correspondiente. Cuando estos se ubiquen en varios municipios, se inscribirá en la base catastral el área correspondiente en cada entidad territorial municipal de acuerdo con la normatividad vigente.
Inscripción de predios en condición de informalidad. Bajo la condición de posesiones u ocupaciones, se identificarán e inscribirán los predios en la base catastral en los términos establecidos en la normativa catastral vigente.