Durante las horas en que deben efectuarse las elecciones populares quedará suspendido el tránsito de los ciudadanos de un municipio a otro, y de la cabecera municipal a los corregimientos, inspecciones de policía y caseríos, o viceversa, en donde funcionen mesas de votación, lo mismo que el tránsito entre dichos corregimientos, inspecciones de policía y caseríos. Quien contraviniere esta disposición será sancionado con arresto hasta de noventa días, que impondrá la autoridad civil del respectivo municipio, corregimiento, inspección de policía o caserío.
Ley 23 de 1977 →Inexequible
Artículo 19
Ley 23 de 1977 · Por la cual se reforma el sistema electoralDeclarado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.