Micelio

Artículo 6

Ley 83 de 1946 · Orgánica de la defensa del niño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Médico Psiquiatra: estudiar a los menores que fueren enviados por el Juez, en estudio médico general y psiquiátrico, y proponer al Juez las medidas que estime más convenientes para la salud mental y fisíca de tales menores, como el internamiento en la casa de observación, el envio a un hospital o centro de ptrotección, la separación de la familia, etc., y hacer a las personas de la familia de los menores las visitas médicas que ordenare el Juez de Menores.

El Médico destinará diariamente al servicio del Juzgado no menos de dos horas en la mañana y dos en la tarde.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1946