Micelio

Artículo 2167

Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal En Curso, Para Las Obras De Pavimentación Que Se Mencionan A Continuación: Para Pavimentación Del Sector De Carretera Santa Marta-Ciénaga-Fundación $ 220

Decreto 2698 de 1949 · por el cual se redistribuyen unas partidas. (Ramo de Carreteras Nacionales).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Redistribúyense las destinaciones hechas por Decreto número 247 del corriente año con cargo al Capítulo 111, artículo 2167 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, para las obras de pavimentación que se mencionan a continuación: Para pavimentación del sector de carretera Santa Marta-Ciénaga-Fundación $ 220.000.00 Para pavimentación del sector, de carretera Cúcuta-Pamplona 190.000.00 Para pavimentación del sector de carretera Manizales-Cartago 240.000.00 Para pavimentación del sector de la carretera La Pintada-Medellín-Yarumal 230.000.00 Para pavimentación del sector de carretera Tunja-Duitama-Susacón $ 230.000.00 Para equipos de pavimentación 29.0.000.00 Para pavimentación del sector de carretera Ibagué-Girardot 400.000.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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