º Conforme al artículo 12 de la Ley 38 de 1989, los establecimientos públicos del orden nacional podrán atender con recursos propios obligaciones amparadas con aportes del Presupuesto General de la Nación para las cuales la Tesorería General de la República no hubiere situado los recursos, siempre y cuando el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, haya aprobado los respectivos acuerdos de gastos.
Decreto 2518 de 1991 →Vigente
Artículo 1
º Conforme Al Artículo 12 De La Ley 38 De 1989, Los Establecimientos Públicos Del Orden Nacional Podrán Atender Con Recursos Propios Obligaciones Amparadas Con Aportes Del Presupuesto General De La Nación Para Las Cuales La Tesorería General De La República No Hubiere Situado Los Recursos, Siempre Y Cuando El Consejo Superior De Política Fiscal, Confis, Haya Aprobado Los Respectivos Acuerdos De Gastos
Decreto 2518 de 1991 · por el cual se reglamenta el artículo 12 de la ley 38 de 1989.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.