Micelio

Artículo 4

Criterios De Aplicación

Ley 2530 de 2025 · por medio de la cual se adoptan medidas tendientes a proteger integralmente a niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad, que pertenezcan a los grupos A, B, y C del Sisbén IV, y que su condición de dependencia económica y/o de cuidado se vea afectada por la pérdida de la madre o mujer que tenga la patria potestad o custodia legal, víctima del delito de feminicidio, se modifica parcialmente la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las medidas de asistencia que trata la presente ley, se asignarán cuando se cumplan las siguientes condiciones:

a)

Cuando se inicie la indagación preliminar por parte de la Fiscalía General de la Nación por el presunto delito de feminicidio en los términos de la Ley 1761 de 2015 –Ley Rosa Elvira Cely–, y durante todas las etapas del proceso penal.

b)

Cuando los niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre los dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad pertenecientes a los grupos A, B, y C del Sisbén IV, demuestren que su condición de dependencia económica y/o de cuidado está siendo afectada por la pérdida de la madre o mujer que tenga la patria potestad o custodia legal, víctima del delito de feminicidio.

Parágrafo 1

Paro acceder a las medidas de asistencia no se requerirá imputación del tipo penal feminicidio y bastará con lo dispuesto en el literal (a) del presente artículo.

Parágrafo 2

Se acreditará conforme a la reglamentación que expida el Gobierno nacional, la relación de dependencia económica y/o de cuidado de los niños niñas y adolescentes y jóvenes entre los dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad, así como los jóvenes con discapacidad física o cognitiva permanente del cincuenta (,50%)- porciento, o más, respecto de la madre mujer que tenga la patria potestad o custodia legal ,víctima del delito de feminicidio, aplicando los principios de buena fe; trasparencia, accesibilidad y celeridad.

Parágrafo 3

Los beneficiarios expuestos en el ámbito de aplicación, podrán acceder a las medidas de las que trata la presente ley por hechos ocurridos desde el seis (6) de julio del año 2015, fecha de entrada en vigencia de la Ley 1761 de 2015 -Ley Rosa Elvira Cely, sin que esto comporte la asignación de medidas con efecto retroactivo.

Parágrafo 4

Cuando la pérdida de la madre o mujer que tenga la patria potestad o custodia legal derive de feminicidio ocurrido en el exterior, siempre que el beneficiario sea nacional colombiano o residente legal en Colombia, y se acredite el delito mediante sentencia judicial debidamente apostillada o certificación consular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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