De los programas especiales. Los programas que a la fecha de vigencia del presente Decreto, son responsabilidad del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social, continuarán su ejecución con la Red de Solidaridad Social, bajo la dirección del Gerente General, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente inciso. La dirección del Programa Presidencial Plan Nacional de Rehabilitación, estará a cargo de la Consejería Presidencial para la Política Social, en los términos y condiciones que se establezcan en el convenio que se celebre para el efecto, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 12 del presente Decreto.
Decreto 2099 de 1994 →Vigente
Artículo 20
De Los Programas Especiales
Decreto 2099 de 1994 · por el cual se reorganiza el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 20 del decreto 2099 de 1994, el cual quedará así) por decreto 699/95 modificado por decreto 699/95
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.