° Para que los exportadores puedan hacer uso del sistema de "reposición" previsto en el artículo 179 del Decreto-ley 444 de 1967, deben demostrar no haber recibido Certificado Abono Tributario sobre el valor de la materia prima importada que se proyecta sustituir; a más de cumplir el requisito señalado en el Decreto 741 de 1974.
Decreto 3210 de 1979 →Vigente
Artículo 4
Para Que Los Exportadores Puedan Hacer Uso Del Sistema De "reposición" Previsto En El Artículo 179 Del Decreto-Ley 444 De 1967, Deben Demostrar No Haber Recibido Certificado Abono Tributario Sobre El Valor De La Materia Prima Importada Que Se Proyecta Sustituir; A Más De Cumplir El Requisito Señalado En El Decreto 741 De 1974
Decreto 3210 de 1979 · Por el cual se fija el Certificado de Abono Tributario para las exportaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.