Micelio

Artículo 48

El Director Del Instituto Se Posesionará Ante El Ministro De Minas Y Petróleos

Decreto 1171 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director del Instituto se posesionará ante el Ministro de Minas y Petróleos. Los demás funcionarios del Instituto lo harán ante el Director del mismo, o ante el funcionario a quien se le delegue esta función.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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