Micelio

Artículo 5

° Suministros

Decreto 724 de 1969 · Por el cual se reglamenta la administración y manejo del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y se organiza el Servicio Nacional de Inscripción

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Suministros. Las compras de equipos, materiales y demás elementos que efectúe el Fondo, estarán sometidos a los siguientes requisitos

a)

Compras hasta de $ 10.000.00, no necesitarán cotización ni contrato escrito: sus pagos se ordenarán por resolución del Administrador del Fondo, cuando fueren superiores a $ 2000.00:

b)

Compras de valor superior a $ 10.000.00, o inferior a $ 50.000.0C. Requerirán tres (3i cotizaciones y contrato escrito, y

c)

Compras de valor superior a 50.000.00, requerirán licitación pública o privada, resolución de adjudicación y contrato escrito.

Parágrafo

El Tesorero del Fondo podrá hacer avances hasta de $ 30.000.00 al delegado del Administrador del Fondo, en las Direcciones Regionales de Estadística, localizadas fuera de Bogotá, para atender los pagos inferiores a $ 10.000.00, conforme a las normas del presente artículo. Los delegados rendirán las cuentas respectivas ante el Tesorero del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 724 de 1969