º. A partir de la fecha del presente Decreto hasta el 7 de abril de 1986, los contribuyentes que al 6 de noviembre de 1985 tenían pendientes ante el Consejo de Estado procesos en materia del impuesto sobre la renta y complementarios, podrán obtener el certificado de paz y salvo, siempre y cuando alleguen constancia del Tribunal Administrativo competente sobre concesión del recurso de apelación o envío en grado de consulta, fecha en que fue remitido el expediente al Consejo y certificación de que no ha sido devuelto. Desde el 8 de abril hasta el 7 de julio de 1986, tales contribuyentes tendrán derecho al certificado de paz y salvo, siempre y cuando presenten constancia expedida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el sentido de que el actor adelanta las gestiones para reconstruir el expediente. Del 8 de julio de 1986 en adelante solamente se les otorgará el certificado de paz y salvo si presentan constancia expedida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en la que conste que el expediente ya fue reconstruido o que el demandante aportó las piezas procesales de su cargo, según la ley, y que continúa el proceso de reconstrucción.
Artículo 6
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Hasta El 7 De Abril De 1986, Los Contribuyentes Que Al 6 De Noviembre De 1985 Tenían Pendientes Ante El Consejo De Estado Procesos En Materia Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios, Podrán Obtener El Certificado De Paz Y Salvo, Siempre Y Cuando Alleguen Constancia Del Tribunal Administrativo Competente Sobre Concesión Del Recurso De Apelación O Envío En Grado De Consulta, Fecha En Que Fue Remitido El Expediente Al Consejo Y Certificación De Que No Ha Sido Devuelto
Decreto 3826 de 1985 · Por el cual se expiden normas de carácter fiscal y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.