Consecuencias de la enfermedad profesional . Para los efectos de las prestaciones a que haya lugar, se considera que la enfermedad profesional puede generar las siguientes consecuencias
Incapacidad temporal, cuando el empleado no puede desempeñar sus labores por algún tiempo y recobra su capacidad normal de trabajo después del respectivo tratamiento médico.
Incapacidad permanente parcial, cuando el empleado sufre una disminución definitiva pero solamente parcial de su capacidad de trabajo.
Incapacidad permanente total, cuando el empleado queda inhabilitado para desempeñar la labor que constituía su actividad habitual ordinaria a lo profesional a que se dedicaba ordinariamente.
Gran invalidez, cuando el empleado oficial no solamente queda incapacitado para desempeñar cualquier clase de trabajo, sino que tiene que ser ayudado por otra persona para realizar las funciones esenciales de la vida, y
La muerte del empleado.