Micelio

Artículo 13

El Grupo De Estudios Económicos Y Fiscales Desempeñará Las Siguientes Funciones: 1

Decreto 1124 de 1960 · Por el cual se reorganiza la dirección nacional del presupuesto

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Grupo de Estudios Económicos y Fiscales desempeñará las siguientes funciones

1.

Hacer permanentemente el análisis económico y fiscal de los datos financieros preparados por el Grupo de Estadísticas Fiscales.

2.

Preparar los esquemas que deban contener los datos estadísticos que sean necesarios para el análisis económico y fiscal y someterlos al grupo de estadistas Fiscales.

3.

Compilar todos los datos de los presupuestos de los Establecimientos Públicos, los Departamentos y Municipios, con el fin de elaborar un informe en que aparezcan las cifras consolidadas del presupuesto de todo el sector público.

4.

Propender, sin perjuicio de las clasificaciones ordenadas por la ley, or su perfeccionamiento, mediante la introducción de nuevas técnicas adecuadas para un mejor análisis de la política fiscal.

5.

Adelantar investigaciones sobre las tendencias de los gastos públicos y su impacto en la economía: sobre las incidencias de los impuestos, la flexibilidad de la tributación y, en general, sobre las repercusiones económicas del sistema impositivo.

6.

Adelantar investigaciones sobre las tendencias de los gastos públicos su impacto en la economía: sobre las incidencia d los impuestos, la flexibilidad de la tributación y, en general, sobre las repercusiones económicas del sistema impositivo.

7.

Abalizar permanentemente los efectos económicos y financieros de los distintos programas que adelantan los organismos públicos, y medir la eficiencia con que están empleando los recursos del Estado.

8.

Elaborar, en conjunto con los restantes grupos de esta sección, el informe anual acerca de la situación financiera en el año anterior.

9.

Asesorar directamente al Director Nacional del Presupuesto en el estudio de los proyectos de ley y en le preparación de documentos financieros de carácter general.

10.

Hacer estudios de finanzas públicas comparadas, utilizando las estadísticas y publicaciones financieras de países extranjeros y organismos internacionales.

11.

Elaborar todos los años del Presupuesto que muestre la orientación de la política presupuestaria, y divulgar por otros medios los progresos científicos en materias financieras.

12.

Organizar la biblioteca de la Direccion Nacional del Presupuesto; hacer los pedidos de libros y revistas de acuerdo con la Direccion; clasificarlas y catalogarlas en forma que haga fácil su consulta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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