Micelio

Artículo 3

Ley 93 de 1927 · Por la cual se dictan varias disposiciones en relación con el Colegio Nacional de San Luis Gonzaga de Zipaquirá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los Presupuestos de las próximas vigencias se apropiarán una partida no menor de treinta mil pesos ($30.000) para atender a la construcción del edificio para el Colegio de San Luis Gonzaga de Zipaquirá, a que se refiere y que ordenó el artículo 1° de la Ley 73 de 1926 , hasta su terminación.

Parágrafo

En caso de que en la Ley de Apropiaciones no se incluyere la partida a que se refiere este artículo, el Gobierno deberá abrir los créditos administrativos que fueren necesarios para dar cumplimiento a lo dispuestos en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 93 de 1927