º En las resoluciones que se dicten sobre adjudicación, quedará establecido que lo adjudicado se constituye en patrimonio familiar inajenable e inembargable, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 24 de la Ley 100 de 1944.
Decreto 809 de 1945 →Vigente
Artículo 4
En Las Resoluciones Que Se Dicten Sobre Adjudicación, Quedará Establecido Que Lo Adjudicado Se Constituye En Patrimonio Familiar Inajenable E Inembargable, De Acuerdo Con Lo Preceptuado En El Artículo 24 De La Ley 100 De 1944
Decreto 809 de 1945 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre disolución de resguardos de indígenas en la región de Tierraadentro, Departamento del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.