Mientras se provea a la división territorial judicial de las Intendencias y Comisarías, los Jueces Municipales continuarán con la misma jurisdicción que hoy tienen. Los Jueces de los Municipios que quedan convertidos en Corregimientos, permanecerán en sus cargos, con el nombre de Jueces Territoriales, y con las mismas asignación, jurisdicción y atribuciones actuales, hasta la terminación de su período, pudiendo ser nuevamente elegidos por el Intendente o Comisario, con la aprobación del Gobierno Nacional. En las Comisarias del Amazonas, Vichada y La Guajira, funcionará en cada una de ellas un Juez Territorial, con las mismas atribuciones y jurisdicción que les dio el Decreto-ley 1714 de 1936, y con el misino personal y asignaciones.
En la Comisaría del Vaupés, funcionará un Juez Territorial, con cabecera en Mitú y con jurisdicción en toda la Comisaría, y su asignación será la que se fije el Decreto de asignaciones civiles respectivo.