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Artículo 1

Modificación Del Artículo 24 Del Decreto 604 De 2013

Decreto 1872 de 2013 · por el cual se modifica el artículo 24 del Decreto 604 de 2013.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación del artículo 24 del Decreto 604 de 2013. El artículo 24 del Decreto 604 de 2013 quedará así: " Artículo 24 . Etapa de desarrollo e implementación. Colpensiones deberá iniciar la operación del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos de la siguiente manera

1.

A partir del 1° de diciembre de 2013, para la población afiliada al Sistema General de Pensiones en cualquiera de los dos regímenes, que voluntariamente decida que los recursos por concepto de devolución de saldos o indemnización sustitutiva, se destinen al mecanismo BEPS, de conformidad con el numeral 5° del artículo 16 del presente decreto.

2.

A partir del 15 de enero de 2014, para el resto de la población contemplada en el presente decreto".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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