Micelio

Artículo 1

º

Decreto 172 de 1981 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 6° del Decreto extraordinario 2277 de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Gobierno Nacional mediante resolución ejecutiva que suscribirán el Presidente de la República y el Mi nistro de Educación, aprobará anualmente la planta de personal docente de los establecimientos educativos nacionales y de las unidades administrativas especiales dependientes del Ministerio de Educación Nacional, de conformidad con el presupuesto apropiado para cada plantel en la respectiva vigencia.

Parágrafo

La planta de cada establecimiento contendrá, la relación discriminada del personal docente por áreas; y especialidades educativas, ajustada a la carga académica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 172 de 1981