Micelio

Artículo 116

Los Funcionarios De La Dirección General De Impuestos Nacionales, Quedan Obligados A Reportar A Su Superior Inmediato Y A Través De Éste A La Unidad Competente La Recepción De Órdenes De Trabajo, Su Desarrollo Y Los Problemas Que De Presenten En El Mismo, Así Como Su Culminación

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales, quedan obligados a reportar a su superior inmediato y a través de éste a la unidad competente la recepción de órdenes de trabajo, su desarrollo y los problemas que de presenten en el mismo, así como su culminación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 74 de 1976